EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE DECLARA DISCRIMINATORIO EL COMPLEMENTO DE MATERNIDAD Y LO CONCEDE A UN PADRE.
El tribunal de Justicia Europea declaró discriminatorio el tratamiento que otorga el INSS al complemento de maternidad, previsto en el art. 60 de la LGSS, el cual solo se confiere exclusivamente a mujeres que habían sido madres de dos hijos o más pero no a hombres que cumplen con las mismas condiciones.
El Organismo europeo establece que aquellos hombres que hayan concebido al menos dos hijos biológicos o adoptados tendrán acceso a obtener este complemento. La reclamación del complemento se podrá llevar a cabo tanto en las pensiones de jubilación, viudedad e incapacidad permanente.