El modelo 347 es una declaración informativa para aquellas empresas cuyas operaciones realizadas con un tercero superan la cantidad de 3.005,06€. La presentación es con periodicidad anual y el plazo termina el 28 de febrero de 2022.
¿Quiénes son los obligados a su presentación?
Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la ley general tributaria, las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal, las entidades o establecimientos privados de carácter social a que se refiere el artículo 20.3 de la Ley de IVA, las sociedades, asociaciones y colegios profesionales.
¿ Quiénes quedan excluidos?
a) Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales sin tener en territorio español la sede de su actividad económica.
b) Las personas físicas y entidades en atribución de rentas en el impuesto sobre la renta de las personas físicas, aquellas actividades que tributen por el método de estimación objetiva y el IVA.
c) Aquellos que no hayan realizado operaciones en su conjunto cuya cifra sea superior a 3.005,06€.
d) Aquellos que no hayan realizado exclusivamente operaciones no sometidas al deber de declaración.
e) Los obligados tributarios que deban informar sobre operaciones incluidas en los libros de registro de acuerdo con el artículo 36.