
TRIBUTACIÓN MÍNIMA DEL 15% EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES PARA CIERTAS EMPRESAS.
Para los periodos impositivos a partir del 1/01/2022, se establecerá una tributación mínima del 15% para aquellos contribuyentes cuya cifra de negocios sea igual o superior a veinte millones de euros durante los doce meses anteriores a la fecha de inicio del periodo impositivo. la presente medida no se aplicará a los contribuyentes que tributen a los tipos del 10%, 1% y 0%, ni a las entidades de la Ley 11/2009, de 26 de octubre, (Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario.
Para las empresas de nueva creación el tipo del 10%, cuyo tipo es del 15% y del 18% para entidades de crédito, investigación y explotación de yacimientos cuyo tipo general es del 30%.
LIMITACIÓN A 1.500€ LAS DEDUCCIONES DE LAS APORTACIONES A PLANES DE PENSIONES.
A partir de 2022 se reduce en 500€ la aportación individual máxima a los planes de pensiones con derecho a deducción en el IRPF, pasando a ser de 1.500€ anuales.
PRORROGA DEL SISTEMA ACTUAL DE MODULOS PARA AUTONOMOS HASTA 2023
Se prorrogan durante el 2022 el actual sistema por módulos, tal y como queda reflejado en el BOE de la siguiente manera:
«En relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se mantienen para el ejercicio 2022 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación. Asimismo, se mantiene la reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento neto de módulos derivada de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomo.
Por lo que se refiere al Impuesto sobre el Valor Añadido, la presente Orden también mantiene, para 2022, los módulos, así como las instrucciones para su aplicación, aplicables en el régimen especial simplificado en el año inmediato anterior.»